Detuvieron al autor de las amenazas de bombas en la ciudad

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El sujeto de de 38 años, J.A.M. , alias «Bomba» , estaba identificado por la policía y fue detenido en la mañana de este miércoles en un domicilio de calle Marconi al 600 en Barrio Consolata de San Francisco.

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El hombre era buscado por ser el autor de las amenazas de bomba que generaron el despliegue de brigadas de explosivos en la Escuela 2 de Abril y en el cuartel de Bomberos Voluntarios, este último durante el baile de Marcos Bainotti.

Según la investigación, el motivo detrás de las falsas alarmas habría sido una disputa de pareja, el detenido habría intentado amedrentar a su mujer, luego de peleas y una discusión por los hijos, llamando a los lugares donde ella se encontraba presente, primero en el Jardín de Infantes y luego en el Baile de Bomberos.

El detenido estaría identificado como Jorge Andrés Marrone (38).

Además se secuestró el celular del causante con el N° línea que realizó los llamados. Está imputado y a disposición de la fiscalía del 1° Turno.

Los hechos están tipificados en el Código Penal.

El delito principal que se configura en Argentina por realizar llamadas telefónicas con falsas alarmas de bomba (amenazas telefónicas infundadas) es el de «intimidación pública», tipificado en el artículo 211 del Código Penal de la Nación (Ley 11.179, T.O. 1984 y modificatorias).

“Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos.
Cuando para ello se empleare explosivos, agresivos químicos o materias afines, siempre que el hecho no constituya delito contra la seguridad pública, la pena será de prisión de tres a diez años.”

Las llamadas telefónicas con falsas amenazas de bomba encuadran perfectamente porque se trata de “voces de alarma” o “amenazar con la comisión de un delito de peligro común” (una bomba genera alarma colectiva y evacuaciones). No importa que la amenaza sea falsa: el delito es de peligro abstracto y se consuma con el acto de infundir temor público (por ejemplo, en escuelas, aeropuertos o edificios públicos). Jurisprudencia constante de cámaras y fiscalías lo aplica exactamente a estos casos (menores y adultos procesados/condenados por llamadas al 911 o directamente a instituciones).

Delito concurrente habitual: entorpecimiento de servicios públicos (art. 194). Esto se suma cuando la falsa alarma obliga a evacuaciones, intervención de brigadas de explosivos, policía, bomberos o cierre de aeropuertos/escuelas.

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Identificaron al autor de las amenazas de bombas en la Escuela 2 de Abril y Bomberos Voluntarios

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