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La Justicia ordenó a la Municipalidad de Córdoba indemnizar a una motociclista por una moto secuestrada y no devuelta

Camaristas concluyeron que la mujer también deberá ser resarcida, en concepto de daño moral, por los padecimientos y numerosas gestiones que debió realizar.

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La Municipalidad de Córdoba deberá indemnizar a una mujer por los perjuicios sufridos a raíz de que, durante un control vehicular concretado en enero de 2008, le secuestraron una motocicleta que no le fue restituida.

Como consecuencia, además de resarcirla con el equivalente al monto del rodado, el municipio tendrá que abonar a la joven con 2.000 pesos (más intereses), en concepto de daño moral, por los padecimientos, sufrimientos y numerosas gestiones que debió hacer ante el ente estatal. Así lo resolvió la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 5º Nominación.

El Tribunal hizo lugar al recurso de apelación promovido por la mujer contra parte de la sentencia del Juzgado de 38º Nominación del mismo fuero, en la medida en que había ordenado la reposición del vehículo pero no había acogido el pedido de indemnización del daño moral, por entender que la vecina no había probado la afección que el hecho le causó.

En cambio, la Cámara consideró que, “si bien es cierto que no existe prueba específica de los padecimientos o sufrimientos” que la mujer experimentó, “es factible presumirlos” de los hechos que motivaron la causa.

“Resulta indubitable que la falta de restitución de un vehículo secuestrado por un ente estatal y las gestiones administrativas y judiciales que la reposición le importaron a la accionante, válidamente, pudieron generarle un menoscabo espiritual”, esgrimió el vocal Joaquín Ferrer.

En la misma línea, el camarista afirmó: “La demandante debió padecer o transitar numerosas molestias y malestares que no debería haber sufrido si la moto que le fue secuestrada le hubiera sido restituida en tiempo y forma. Es menester señalar, en este sentido, que no es necesario para la configuración de este rubro (daño moral) que se acredite un estado de depresión o de malestar psicológico profundo. Resulta justo tener por cierto, a la luz de las circunstancias acreditadas en la causa, la existencia de molestias y padecimientos para la accionante”.

El vocal, a cuyo voto se adhirieron sus pares (Rafael Aranda y Claudia Salazar), insistió en que “la moto era el medio de transporte de la demandante y que, para lograr el reconocimiento de su derecho a obtener su restitución, debió transitar trámites administrativos y judiciales”. Como consecuencia, el tribunal reconoció el derecho de la mujer a ser indemnizada “por daño moral en la suma reclamada de 2.000 pesos, con más intereses», señala el portal oficial de la Justicia de Córdoba.

Cómo fue. La causa tuvo como origen la circunstancia de que el 10 de enero de 2008 la pareja de la joven, mientras se desplazaba con la motocicleta marca “Nevada” por la Avda. Costanera y Santa Fe, fue detenido por un operativo de control municipal. Tras haber labrado un acta de constatación por la falta de espejos y de patente en el rodado, los agentes procedieron a secuestrar la motocicleta.

El 26 de agosto del mismo año, después de haber pagado todo lo derivado de la infracción, el Juzgado de Faltas ordenó la entrega del vehículo, que se encontraba depositado en un corralón municipal.

En compañía de una escribana, la mujer se presentó en el lugar, pero allí le informaron que la moto había sido ingresada en otro corralón y le pidieron que volviera al día siguiente. Lo hizo, pero no consiguió que le restituyeran el vehículo, según se desprende de la sentencia de primera instancia, razón por la cual decidió accionar judicialmente.

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