La Municipalidad de Devoto, a través de un decreto emitido este viernes, suspendió las actividades sociales y culturales y las competencias deportivas amateurs, hasta el próximo 30 de abril. La medida se tomó en acuerdo con la Comunidad Regional San Justo, con el objetivo de reducir la movilidad y los contactos sociales, ante el agravamiento de las condiciones epidemiológicas.
Quedan excluidas de la suspensión las reuniones familiares de hasta 10 personas, en domicilios particulares.
COMPARTIMOS EL TEXTO DEL DECRETO 39/2021:
La situación epidemiológica actual en la localidad de Devoto y zona del virus SARS-CoV2 y las medidas adoptadas al respecto por el Gobierno Nacional y el Gobierno Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que desde el ingreso a nuestro país del citado virus, este Municipio ha dictado sucesivas normas acordes a los datos oficiales y de las diversas autoridades sanitarias, a través de los cuales se dispusieron las medidas que la emergencia requería en sus distintas fases.
Que atento al agravamiento de algunos parámetros epidemiológicos en nuestra localidad, conforme a las recomendaciones de las autoridades sanitarias locales, se estima oportuno y adecuado tomar medidas que contribuyan a resguardar la salud pública, tendientes a contener la propagación del virus SARS-CoV2. Con apoyatura en los informes técnicos epidemiológicos e información sanitaria.
Que en esa suerte, se dispone hasta el día 30.04.2021 inclusive, suspender todo tipo de actividades sociales, culturales, como así también las competencias deportivas de carácter amateurs (tanto para deportes federados como no federados).
Que es importante fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de manera temprana los casos positivos de COVID19. Permitiendo la atención adecuada de los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Que es voluntad de la Municipalidad de Devoto cumplir y hacer cumplir las normas preventivas dictadas con fines sanitarios por las autoridades nacionales y provinciales (disposiciones y protocolos vigentes), para todas las actividades que continúan habilitadas.
Que las disposiciones que se establecen en el presente son temporarias, resultan necesarias, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y riesgo sanitario que enfrenta nuestro pueblo, pudiendo ser modificadas o acentuadas conforme la evolución de la situación sanitaria-epidemiológica en la región y en la localidad.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la salud pública hace imposible seguir el trámite para la sanción de ordenanzas.
Por todo lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 49, 50 y concordantes de la Ley 8102, en ejercicio de sus funciones legales
POR TODO ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DEVOTO DECRETA:
Art. 1: SUSPENDANSE desde el día 16.04.2021 y hasta el día 30.04.2021 ambos días inclusive, todo tipo de actividades sociales, culturales, como así también las competencias deportivas de carácter amateurs (tanto en deportes federados como no federados).
Art. 2: EXCEPTUANSE de la disposición anterior, las reuniones familiares de hasta diez (10) personas en domicilios particulares.
Art. 3: DISPONESE fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de manera temprana los casos positivos de COVID19, permitiendo la atención adecuada de los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Art.4: DISPONESE el contralor del cumplimiento de las disposiciones y protocolos vigentes, para todas las actividades que continúan habilitadas.
Art. 5: DISPONESE que el alcance y el tenor de las presentes medidas podrán ser modificadas en caso que cambie la situación sanitaria-epidemiológica en la localidad de Devoto.
Art. 6: DISPONESE que en casos especiales, las autoridades locales podrán acentuar las medidas restrictivas por un tiempo determinado.
Art. 7: Publíquese, elévese al Concejo Deliberante y archívese.





