Restricción en la circulación de distintos vehículos de transporte

Circulacion

La medida obedece a una disposición (Nº 867/2021) emanada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la cual regirá para las rutas nacionales que atraviesan la provincia de Córdoba, a saber: 7, 8, 9, (desde Villa del Totoral hasta La Quiaca), 19 (San Francisco hasta Córdoba), 20, 35, 38 y 158, restringiéndose la circulación en AMBOS SENTIDOS. Cabe consignar que quedan exceptuadas las rutas 36, 60, 148 y Autopista Córdoba – Rosario.

En este sentido, quedan excluidas de la restricción, entre otros, los vehículos de: a) transporte de leche cruda y sus derivados, b) transporte de animales vivos, c) transporte de productos frutihortícolas en tránsito, d) transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, e) atención de emergencias, f) asistencias de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el trasladado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío, g) cisterna de trasladado de combustibles y de gas natural comprimido, h) transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transporta a dichos destinos, i) transporte de medicinas, j) transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos, k) transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial y l) transporte de sebo, hueso y cueros.

Asimismo, se informa que la restricción rige para las categorías:

  • N2: vehículos utilizados para transporte de carga con un peso máximo superior a los TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 Kg), pero inferior a los DOCE MIL KILOGRAMOS (12.000 Kg).
  • N3: vehículos para transporte de carga con un peso máximo superior a los DOCE MIL KILOGRAMOS (12.000 Kg).
  • O: Acoplados (incluyendo semiacoplados).
  • O3: Acoplados con un peso máximo superior a los TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 Kg), pero que no exceda los DIEZ MIL KILOGRAMOS (10.000 Kg).
  • O4: Acoplados con un peso máximo superior a los DIEZ MIL KILOGRAMOS (10.000 Kg).\line

Tales restricciones regirán:

EL DÍA MARTES 15 DE FEBRERO DE 2022 desde las SIETE HORAS (07:00 HS) HASTA LAS NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (09:59 HS) en el tramo correspondiente a Rutas Nacionales que atraviesan la Provincia de Córdoba (A saber: Nacional 7, 8, 9 (desde Villa del Totoral hasta La Quiaca), 19 (San Francisco hasta Cordoba), 20, 35, 38, y 158. En las Rutas Nacionales antes mencionadas, se restringe la circulación en AMBOS SENTIDOS.Por disposición ratificada por la Dir. Prev. Acc. de Tránsito queda exceptuada la 36, 60, 148 y Autopista Córdoba-Rosario.

Compartí esta noticia