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Accidente en autovía 19: el conductor acusado de la muerte de Enzo Vega continúa detenido

Accidente en autovía 19: el conductor acusado de la muerte de Enzo Vega continúa detenido

El hombre de 23 años, oriundo de Devoto involucrado en el accidente fatal en la Autovía Nacional Nº 19, kilómetro 134, en San Francisco, continúa detenido imputado como autor de «homicidio agravado» a disposición de la Fiscalía del Tercer turno.

Mientras esperan para fijar fecha de indagatoria, ya designó abogado defensor y se aguardan los resultados del análisis de alcoholemia y toxicológico, que en caso de resultar positivo agravaría aún más la situación procesal de Gonzalo Urquía Casalis, quien luego de atropellar al joven de 17 años que falleció, se dio a la fuga.

Fuentes indicaron que el grupo de ciclistas que circulaba en la ruta estaba compuesto seis personas, Vega y otros jóvenes amigos, dónde luego del impacto hay lesionados con fracturas o daños de distinta gravedad pero que no comprometen sus vidas.

El conductor del vehículo involucrado en el accidente

El incidente ocurrió el pasado viernes por la madrugada, cuando Enzo Vega un menor de 17 años que conducía una bicicleta junto a otras personas, al menos tres más, fue colisionado por un automóvil Ford Focus cuyo conductor se dio a la fuga después del impacto.

La víctima falleció en el lugar del hecho, y tras una investigación, se logró la aprehensión del conductor domiciliado en la localidad de Devoto.
La investigación sigue en curso para esclarecer todos los detalles del incidente que por el momento estaría encuadrado en el delito del Código Penal que contempla una pena de 3 a 6 años de prisión.

Que dice la ley?
Artículo 84 bis: Será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte.

La pena será de prisión de tres a seis años, si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o un gramo por litro de sangre en los demás casos, o estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria, o cuando fueren más de una las víctimas fatales.

Piden justicia por Enzo Vega, el adolescente atropellado en la Autovía 19

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