La medida alcanza a dos suplementos y un ungüento que no contaban con registro sanitario. El organismo advirtió que no pudo identificar establecimientos habilitados responsables de su elaboración ni verificar su composición y condiciones de fabricación.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país el uso, la comercialización y la distribución de tres productos promocionados con supuestos efectos terapéuticos. La medida fue publicada este miércoles 7 de octubre en el Boletín Oficial.
La disposición surgió a partir de dos denuncias recibidas por el Departamento de Control de Mercado de la ANMAT. Una de ellas advertía sobre la comercialización de dos productos en un local de Virrey del Pino, en el partido bonaerense de La Matanza, mientras que la otra señalaba la venta del ungüento en la estación de tren de Quilmes.
Los productos alcanzados
Uno de los artículos es el “Super calcio cubano”, presentado como una vitamina para fortalecer y calcificar los huesos. Su etiqueta mencionaba componentes como calcio, magnesio, zinc, fósforo, hierro, vitamina E, guanábana, levadura de cerveza y cartílago de tiburón, además de atribuirle supuestos beneficios frente a distintas afecciones.
El segundo producto es el “Suplemento nutritivo 0.44”, cuya etiqueta indicaba calcio y vitaminas, además de otros componentes de origen vegetal. También se promocionaba para diferentes problemas de salud y señalaba usos tanto para adultos como para niños.
El tercer artículo es el “Ungüento de árnica + coca”, que se ofrecía en la vía pública en Quilmes. El envase indicaba que tenía una nueva fórmula con aceite de cannabidiol, era de industria uruguaya y contenía 190 gramos.
Por qué fueron prohibidos
Según explicó la ANMAT, ninguno de los tres productos estaba inscripto ante el organismo y tampoco se pudo identificar un establecimiento habilitado que asumiera la responsabilidad por su elaboración.
La autoridad sanitaria señaló que esta falta de registro y trazabilidad impide conocer con certeza las condiciones de fabricación y la composición real de los productos, por lo que fueron considerados un riesgo para la salud de potenciales usuarios.
Por ese motivo, la Disposición 6457/2026 estableció la prohibición de su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional. La medida también fue comunicada a las autoridades sanitarias de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires.
La resolución fue firmada por el administrador nacional de la ANMAT, Luis Eduardo Fontana, y establece además los plazos correspondientes para presentar recursos administrativos o recurrir a la Justicia.
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