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Condena al Banco BBVA por una estafa en la ciudad

Condena al Banco BBVA por una estafa en la ciudad

El Juez de Primera Instancia y tercera nominación en lo Civil y Comercial, Carlos Viramonte condenó al banco BBVA por un caso de estafa.

El caso fue en el 2020, cuando delincuentes ingresaron a los datos de Nicolás Urquía, vecino de la ciudad y pidieron un crédito a través de una estafa virtual.

El Dr. Viramonte habló con Radio Estación 102.5, explicó el caso y remarcó que se solicitó anular el préstamo y todas las transferencias, «lo que cuál se tornó abstracto ya que en el medio del juicio, el Banco BBVA por una decisión comercial, sin reconocer hechos ni derechos, anuló el préstamo y restituyó una parte del dinero».

Además agregó «se otorgó una indemnización por el daño moral y se impuso una multa, en lo que se llama un daño punitivo de 400 mil pesos».

El juicio inicio el 28 de junio de 2021, fue oral y su tramitación tardó alrededor de 7 meses. En el día de la fecha se dictó la sentencia de primera instancia y a partir de hoy, las partes pueden apelar.

Este juicio, marca un precedente en la ciudad y el país, por ser uno de los primeros casos en llegar a esta instancia por estafa virtual.

El procedimiento

«Se inicia un juicio civil con el cliente del banco, el usuario, contra el banco reclamando varias cosas, entre ellas que se anule un préstamo que habían obtenido los ciber delincuente, y una serie de indemnizaciones»

En cuanto al caso, precisó: «Al usuario le llegó un mail, con la tipología del banco pero era un mail trucho, donde le avisaban que tenía que actualizar un número de celular de homebanking donde mandan las claves para las transferencias».

Posteriormente, el damnificado es trasladado a una página web similar a la del homebanking, donde introduce los datos que son adquiridos por los delincuentes. «Una vez que obtienen los datos, ingresan a la cuenta del banco, solicitan un préstamo y una vez acreditado, vaciaron la cuenta», agregó.

«Lo que reclama Urquía es que el banco no tomó las medidas de seguridad adecuadas en esos entornos digitales», detalló Viramonte.

En cuanto al accionar de la entidad bancaria, dijo: «En primer lugar el banco detecta un movimiento sospechoso porque le manda un mensaje al usuario diciendo que se había detectado un movimiento sospechoso en su cuenta, y luego lo llaman por teléfono donde le preguntan si el había sacado un préstamo, a lo que el respondió que no».

A pesar de la negativa del usuario, las operaciones fueron aprobadas. «Entendemos que el banco no adoptó las medidas adecuadas para cumplir acabadamente con su obligación de seguridad y por eso tiene responsabilidad civil».

«El banco tiene las herramientas tiene las herramientas tecnológicas adecuadas para tomar las medidas para evitar este tipo de sucesos», sentenció el letrado.

La parte resolutiva del fallo

Por lo expuesto, RESUELVO:

I) Declarar abstracta la pretensión de declaración de nulidad o inexistencia del Préstamo Personal Nº//// de fecha 14/8/2020 y de las transferencias efectuadas el
14/8/2020; y la pretensión de declaración de nulidad o inexistencia de el aumento del límite de transferencia a terceros por la suma de $ 900.000 de fecha 14/8/2020, la modificación del número de celular certificado para la recepción de claves por SMS que permite confirmar las transferencias, y cualquier otro cambio de sus datos que se hubiere efectuado por homebanking.

II) Hacer lugar parcialmente a la demanda articulada por el demandante en contra del BBVA Argentina SA, y en consecuencia: a) condenar a la parte
demandada a restituir al actor la suma de pesos ciento cincuenta y nueve mil doscientos sesenta y seis con sesenta y ocho centavos ($ 159.266,68) con más sus intereses según la tasa establecida en el considerando pertinente, desde que se debitó cada cuota y hasta su efectivo pago, sin perjuicio de computar como pago a cuenta la suma de pesos ciento ochenta mil cuatrocientos veintinueve con setenta y ocho centavos ($ 180.429,78) ya restituida, debiendo en la etapa de ejecución practicarse la planilla de liquidación correspondiente; b) condenar a la parte demandada a abonar al actor la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) en concepto de indemnización por daño moral; c) imponer a la parte demandada la multa civil prevista en el art. 52 bis de la Ley 24.240 por la sumade pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) a favor del actor. Todo con más los intereses establecidos en el considerando respectivo.

III) Ordenar al BBVA Argentina SA que en el plazo de quince días de quedar firme la presente sentencia, efectúe a su costa la publicación de esta resolución en un diario de gran circulación de esta ciudad, la que deberá contener una síntesis de los hechos que originaron la condena, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, conforme los términos del Considerando IV.6).

IV) Imponer las costas a la parte demandada.

V) Regular en forma definitiva los honorarios de los abogados.

VI) Regular en forma definitiva los honorarios del perito psicólogo oficial.

VIRAMONTE Carlos Ignacio

JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA

Fecha: 2022.02.11

La causa penal

En paralelo a la causa civil, avanza la causa penal para determinar lo sucedido. «El objeto es investigar la estafa y determinar la autoría y responsabilidad penal de quienes perpetraron la estafa», detalló Viramonte.

El caso

Vecino denuncia que fue víctima de una estafa

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