La Justicia ordenó indemnizar a un paciente luego de que el terapeuta divulgara información confidencial a su expareja. El profesional atendía al denunciante, a su hermano y a la mujer en cuestión, generando un conflicto de intereses y una grave falta a la privacidad.
Tras casi dos décadas de litigio, un fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 7 de Lomas de Zamora sentó un precedente fundamental sobre la ética en la salud mental. Un psicólogo fue condenado a pagar un millón de pesos por daño moral tras acreditarse que violó el deber de confidencialidad al revelar detalles íntimos de un paciente.
El caso, que parece sacado de un guion de ficción, comenzó en 2004. El demandante llegó al consultorio por recomendación de su hermano (también paciente del profesional) y luego sumó a su entonces pareja al tratamiento. El problema estalló cuando, tras la ruptura de la relación, la mujer le confesó al hombre que el psicólogo le había confiado «detalles íntimos que solo podían haber surgido en el marco de la terapia previa».
El juez a cargo del caso desestimó los intentos de la defensa por minimizar el hecho. El profesional sostuvo que se trataba de «acontecimientos públicos» e intentó desacreditar al denunciante por sus «dificultades personales». Sin embargo, el magistrado fue tajante: el deber de confidencialidad tiene jerarquía constitucional y protege la privacidad contra injerencias arbitrarias.
Incluso se remarcó que esta obligación «subsiste más allá de la finalización del vínculo con el paciente». La declaración de la expareja fue la prueba determinante para confirmar que el secreto profesional se había hecho trizas.
Un dato que agravó la situación del psicólogo fue su reincidencia. El fallo menciona que el Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires ya le había aplicado una sanción de suspensión profesional por conductas similares: en un sumario anterior, se probó que compartía información de sus pacientes con terceros fuera del ámbito terapéutico.
La condena:
Aunque las pericias descartaron un «daño psíquico» con incapacidad, el tribunal reconoció un claro daño moral. La divulgación de secretos afectó la tranquilidad, el honor y la integridad del denunciante.
El monto de la indemnización se fijó en un millón de pesos, más los intereses acumulados desde el momento del hecho. La sentencia deja un mensaje claro para el sector de la salud: la confianza es la base del tratamiento y su transgresión tiene consecuencias legales severas.
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