Condenan al Banco Galicia en San Francisco por ciberestafa

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La Justicia de San Francisco dictó una sentencia ejemplar contra el Banco Galicia, al que responsabilizó por una ciberestafa sufrida por un cliente de la región.

El fallo, emitido este jueves 31 de julio por el juez Carlos Viramonte, obliga a la entidad financiera a indemnizar al damnificado, anular un préstamo fraudulento y afrontar una millonaria sanción económica. La resolución judicial sienta un nuevo precedente en materia de seguridad bancaria digital y protección al consumidor.

Un préstamo que el cliente nunca solicitó

El caso se remonta al 5 de septiembre de 2024, cuando Federico Ángel Gabriel Garay, vecino de la localidad de Frontera, fue víctima de una estafa mientras intentaba vender una motocicleta a través de Marketplace en Facebook. Tras ser contactado por un supuesto comprador, recibió el llamado de un presunto agente del Banco Santander, quien le indicó que debía ingresar a su HomeBanking por supuestos problemas técnicos vinculados a la transferencia del comprador.

Garay aseguró no haber proporcionado información sensible, pero minutos después recibió un correo del Banco Galicia informando la aprobación de un préstamo personal por $1.642.500 a su nombre.

Ese mismo día, la suma fue acreditada en su cuenta y transferida rápidamente en dos operaciones de $700.000 cada una a una cuenta a nombre de un tercero desconocido, a través de Mercado Libre.

Inmediatamente, el acceso al HomeBanking del cliente fue bloqueado. Garay se comunicó con el banco, donde se le informó que su cuenta había sido intervenida por seguridad. A pesar de los reclamos realizados, no obtuvo respuestas satisfactorias, por lo que el 19 de diciembre de 2024 inició una demanda judicial, representado por la abogada Noelia Francucci.

El fallo: responsabilidad objetiva y falta de protección

El juez Viramonte concluyó que existía una relación de consumo entre Garay y el Banco Galicia, y que, en ese marco, el banco tenía el deber de garantizar la seguridad del sistema digital y proteger al cliente ante maniobras fraudulentas. La sentencia establece que el banco no logró probar que el daño fue ajeno a su responsabilidad, como exige la ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Según consta en la resolución, los ingresos a la cuenta se realizaron desde múltiples direcciones IP en simultáneo, y la entidad no cumplió con las exigencias de seguridad estipuladas por la Comunicación “A” 7777 del Banco Central, que establece un mínimo de dos días hábiles para acreditar préstamos preaprobados, salvo aceptación expresa y fehaciente del cliente. En este caso, la acreditación fue automática y sin posibilidad de objeción.

Además, se detalló que el banco no brindó información clara ni atendió debidamente los reclamos de la víctima, lo cual violó los deberes de información y trato digno.

Las consecuencias de la condena

El fallo impone al Banco Galicia una serie de sanciones:

  • Anulación del préstamo de $1.642.500 y supresión de toda información relacionada en la central de deudores del BCRA.
  • Restitución de $89.565,72 correspondientes a las cuotas ya debitadas de la cuenta de Garay, con intereses.
  • Indemnización por daño moral de $700.000, también con intereses, por el impacto emocional y psicológico sufrido por el cliente.
  • Multa civil (daño punitivo) de $3.285.000, destinada a castigar la conducta de la entidad bancaria y disuadir futuras omisiones en materia de seguridad y atención al cliente.
  • Publicación de la sentencia a costa del banco en un diario de gran circulación en San Francisco, con una síntesis de los hechos y la sanción aplicada.

Las costas del juicio fueron impuestas en su totalidad al Banco Galicia. Si bien la entidad aún puede apelar el fallo, el caso se suma a una serie de antecedentes judiciales que refuerzan la responsabilidad de los bancos ante los crecientes delitos informáticos.

El fallo destaca la necesidad de mejorar los estándares de seguridad en las operaciones digitales y de garantizar un trato respetuoso y eficaz hacia los usuarios del sistema financiero.

 

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