Extienden hasta fines de febrero la emergencia agropecuaria en Córdoba

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La misma se extiende para las explotaciones afectadas por sequía en 21 de los 26 departamentos de la provincia hasta el 29 de febrero.

El Ministerio de Economía extendió la emergencia agropecuaria declarada en la provincia de Córdoba por sequía y heladas, a través de la Resolución 1523/2023 publicada en el Boletín Oficial.

La norma determina que el estado de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, continuará hasta el 29 de febrero próximo en el caso de las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas afectadas por sequía y heladas, fecha que será considerada para la finalización del ciclo productivo de las explotaciones afectadas.

La misma se extiende para las explotaciones afectadas por sequía en 21 de los 26 departamentos de la provincia: Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischilín, Totoral, Río Primero, Colón, Punilla, San Alberto, Pocho, Santa María, Río Segundo, San Justo y Tercero Arriba.

También abarca las jurisdicciones de General San Martín, Juárez Celman, Río Cuarto, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña, Unión y Marcos Juárez.

Del mismo modo, comprende, tanto en el caso de las zonas afectadas por sequía como por heladas, a un conjunto de zonas delimitadas utilizando un criterio de polígonos geo-referenciados.

Como se estipula en los casos de emergencias agropecuarias, para recibir los beneficios los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

El Gobierno de Córdoba remitirá a la Comisión el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

Esto incluye el diferimiento de los pagos del integrado del monotributo y de los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y del Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa.

Del mismo modo, podrán deducir en el balance impositivo de ganancias el 100% de los beneficios derivados de la venta forzada de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.

 

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