
El Juzgado de San Francisco condenó al Banco Macro S.A. ordenándole restituir dinero a un jubilado víctima de estafa virtual, en la que delincuentes sacaron a su nombre un préstamo de 400 mil pesos y a pagarle intereses más daño moral y punitivo.
Hablamos con el Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Familia – Segunda Nominación de San Francisco, Pedro Chialvo, sobre el fallo a favor del adulto mayor víctima del delito con domicilio en la localidad de Freyre.
A la hora de analizar el caso, el magistrado Chialvo destacó que «tanto el actor en este juicio como la parte demandada que es la institución bancaria, ambos fueron víctimas de un delito cometido por una tercera persona».
«En este caso, lo que había que resolver era quien podía o quien debía cargar con las consecuencias de este acto. Es decir, si el préstamo había sido bien otorgado o no había sido otorgado de manera correcta», comentó el Juez.
El juicio fue en vía civil, y aunque el fallo aún no está firme, benefició al jubilado.
Primero en forma personal y luego con el asesoramiento de abogados el titular de la cuenta bancaria reclamó varias veces en la sucursal sin que obtuviera respuesta favorable del Banco. Le descontaban mes a mes un monto que le consumía casi el 50% de sus ingresos.
La Resolución
«La conclusión, conforme lo dispone la sentencia, fue que el banco debía responder porque en el caso concreto no había articulado las medidas necesarias para verificar la identidad de quien sacaba el préstamo», explicó.
«Pese a ello, también quedó claro en el fallo que el banco había cumplido con la normativa del Banco Central, pero en este caso como se trataba de una persona jubilada, que no solo se trata de un consumidor sino de un consumidor de los denominados hiper vulnerables, se tiene que tener en cuenta la edad y estos canales electrónicos utilizados. Entonces en este caso, conforme a esas circunstancias, y además hubo un informe técnico en el que hubo una pericia donde un experto en informática estableció que el banco, no había podido demostrar que había verificado la identidad», expresó.
Por su parte, Chialvo indicó que «el banco también fue victima de un delito cometido por terceras personas» y que en paralelo, se encuentra en curso la investigación por la demanda penal.
«El objeto de este juicio en la vía civil, tiene una determinación que es simplemente la cuestión económica, es decir, si la persona tiene que seguir pagando o no el préstamo que el banco le otorgó», sentenció.
Ahora las partes tienen la posibilidad de apelar o recurrir esta sentencia, y en el caso de que no estén de acuerdo, la Cámara de Apelaciones será quien podrá confirmar o revocar el fallo ya que la resolución no está firme.
Daño moral y daño punitivo
Además, destacó que «se condena a la institución bancaria a resarcir el daño moral, que es el padecimiento y el sufrimiento que tuvo que sufrir esta persona como consecuencia de este préstamo porque es una persona jubilada y este préstamo le consumía una parte importante de su haber jubilatorio y las tratativas que tuvo que hacer».
«Es importante que la gente trate de resguardar sus claves y no darlas a conocer a terceros, como pasó en este caso que la persona a través de un engaño, la persona voluntariamente otorgó la clave a terceros», comentó.
Sin embargo, destacó que hay una normativa que acompaña a las nuevas tecnologías tendiente a proteger a las personas, y que los bancos tomen medidas concretas con los fines de evitar este tipo de delitos.
El fallo dictado por la Justicia local es el segundo en esta materia y en el sentido de responsabilizar al Banco que tiene a su cargo el dinero que depositan los clientes. Es muy importante en cuanto va fijando jurisprudencia en los casos de estafas virtuales que se multiplicaron durante los últimos años. Ambas resoluciones de primera instancia son unas de las primeras en el país sobre la temática y actualmente se usan como referencia en otras jurisdicciones.
Juzgado de San Francisco ordena restituir dinero a un jubilado víctima de estafa virtual