Taiana sobre reforma de ley: «Amplía derechos para tener FFAA de excelencia»

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En su presentación, advirtió que «descalificar en el debate público no parece ser el camino correcto para que surja una ley consensuada».

El ministro de Defensa, Jorge Taiana, aseguró que la oposición «desvirtúa deliberadamente» el proyecto de Ley integral de Personal Militar anunciado por el presidente Alberto Fernández y enviado al Congreso, y aseguró que la propuesta promovida desde la cartera que encabeza «amplía derechos para contar con Fuerzas Armadas de excelencia».

«Resulta lamentable que un proyecto de ley con un importante grado de consenso se tome como tema de campaña y se desvirtúe de manera deliberada su contenido, intenciones y objetivos. Hoy, luego de 52 años, llega al Congreso una ley integral que recoge la experiencia y la evolución de la doctrina y el pensamiento estratégico militar», planteó el ministro en una carta de tres carillas y firmada con su nombre y apellido.

En su presentación, Taiana advirtió que «descalificar en el debate público no parece ser el camino correcto para que surja una ley consensuada».

Y agregó que el proyecto que ingresó en el Senado «amplía derechos y habilita mecanismos que facilitan el pasaje de categorías, la igualdad de oportunidades, la capacitación continua y el progreso en una carrera militar», para luego destacar que esas medidas tienen «el objetivo de contar con Fuerzas Armadas de excelencia».

Sobre el procedimiento para el ascenso en las fuerzas, Taiana remarcó que el proyecto de Ley integral de Personal Militar «mantiene al igual que la ley vigente idénticos mecanismos para el ascenso de los oficiales superiores y sin restarle ninguna potestad al honorable Senado de la Nación».

El titular de la cartera de Defensa hizo además una comparación paso a paso entre el proyecto de Ley anunciado hace diez días y la normativa vigente en la materia (el decreto-ley 19101, modificado por otras 174 normas, entre ellas reglamentaciones internas de las FFAA), que desde el año 1971 ordena el manejo del personal militar.

«Este simple ejercicio comparativo permite comprender que muchas de las afirmaciones fueron realizadas por la oposición de manera irresponsable o sin haber leído el contenido del proyecto», objetó.

En su respuesta, Taiana recordó a modo de observación preliminar que de acuerdo al artículo 10 de la Ley de Defensa Nacional (23.554) «compete al Presidente de la Nación, en su carácter de Jefe Supremo de la misma y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, la Dirección de la Defensa Nacional y la Conducción de las FFAA, en los términos establecidos por la Constitución».

Respecto al proyecto de ley, Taiana insistió luego que el articulo 43 de la propuesta se encuentra «en consonancia con la Ley de Defensa y la Constitución Nacional» y «establece que el ascenso de los Oficiales Superiores lo concede el Presidente de la Nación, previo acuerdo del Honorable Senado de la Nación».

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