La Justicia revocó prisiones domiciliarias a represores y ordenó dictar nuevo fallo

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La Cámara Federal de Casación Penal ordenó al Tribunal Oral Federal 2 de Rosario que lleve a cabo un nuevo pronunciamiento, respetando la doctrina de la Corte Suprema de Justicia con los estándares y criterios para otorgar el beneficio de domiciliaria.

La Cámara Federal de Casación Penal ordenó este martes al Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Rosario que revoque la detención domiciliaria concedida a dos represores y dicte un nuevo pronunciamiento en el que se respete la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establece los estándares y criterios para otorgar ese beneficio.

La información surge de resoluciones firmadas hoy por jueces de la sala segunda del máximo tribunal penal en relación a los casos de los represores Lucio César Nast (71 años) y Julio Héctor Fermoselle (73 años), que fueron condenados a las penas de 22 años de prisión.

Los jueces de la Casación resolvieron «remitir de modo urgente las presentes actuaciones a su origen a fin de que, sin dilaciones y con los resguardos que la hipótesis impone, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo aquí sentado», según surge de los fallos a los que accedió Télam.

La decisión se produjo luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocara las resoluciones que, por mayoría, habían otorgado indebidamente el beneficio de la prisión domiciliaria a los condenados mayores de 70 años.

En el fallo dictado el pasado 14 de diciembre, el cimero tribunal reafirmó: «Esta Corte estableció que existe un doble orden de razones convencionales y constitucionales por las que el Estado argentino tiene el imperativo impostergable de investigar y sancionar las gravísimas violaciones masivas a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar que configuran delitos de lesa humanidad».

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