El letrado sanfrancisqueño desglosó paso a paso cómo funciona la separación de parejas en Argentina, los derechos de los hijos y cómo se resuelven los bienes y las deudas cuando “a nadie le sobra”.
Con la economía apretada y cada vez más parejas optando por separarse, el abogado Gino Buffa, especialista en Derecho de Familia del Estudio Barrios & Barrios, brindó una charla clara y directa en Radio Estación 102.5 para explicar lo que muchos todavía no terminan de entender.
Buffa recordó que, Los divorcios deben tramitarse en la Justicia, con patrocinio de un abogado, pero desde la reforma del código civil y comercial, se simplificó el trámite y se dejó de lado la necesidad de invocar una causa que «justifique» el divorcio, sino que con la petición de unas partes ya es suficiente, dándole mayor prioridad a la autonomía de la voluntad. No alcanza con ir a un escribano, hay que presentar una demanda ante un juez, quien luego ordena al Registro Civil inscribir el divorcio.
Puede ser de común acuerdo o unilateral, incluso si una parte se opone. Ya no hace falta justificar “causas” como antes; basta con la voluntad de una de las partes.
Al demandar, se debe incluir una propuesta de “convenio regulador” que contemple:
Cuota alimentaria y régimen de visitas (si hay hijos).
Atribución del hogar conyugal (quién se queda en la casa familiar).
Distribución de bienes gananciales (los adquiridos durante el matrimonio, que en principio se reparten 50-50).
Posible compensación económica si una parte quedó en clara desventaja (por ejemplo, quien se dedicó a criar hijos y no pudo progresar laboralmente).
Si hay acuerdo, el juez lo homologa rápido. Si no, el divorcio igual sale, pero luego se abre un incidente separado para resolver bienes, cuota o compensación. Ahí es donde los procesos se pueden alargar años.
¿Y si no están casados pero viven juntos hace más de dos años?
La ley reconoce la unión convivencial. No se “divorcia”, pero sí se pueden reclamar los mismos derechos sobre bienes y alimentos. La diferencia: en el matrimonio se presume 50-50; en la convivencia, cada uno debe probar cuánto aportó.
Los hijos primero
Buffa fue enfático: cuando hay menores, el principio es que se queden en la casa familiar para no alterar su vida. El juez puede dar plazos y el progenitor que se va debe garantizar un techo alternativo, ya sea pagando alquiler o cediendo su parte de la casa como pago en especie dentro de la cuota alimentaria.
Sobre la cuota alimentaria, explicó que rige hasta los 21 años. Entre los 18 y 21, si el joven trabaja y es independiente, se puede reducir o cesar. Si estudia, puede extenderse hasta los 25 o un poco más, según el juez y las pruebas. Incluye gastos ordinarios (comida, escuela, ropa, actividades habituales) y extraordinarios (viajes de egresados, útiles de inicio de clases, tratamientos médicos imprevistos, torneos deportivos), que se reparten 50-50 entre los padres, aparte de la cuota fija.
El monto se calcula combinando las necesidades reales de los chicos y la capacidad económica del obligado. Aunque no tenga trabajo, la obligación sigue existiendo. Si no paga, se acumula deuda, se inscribe en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y se pueden pedir embargos de sueldo (hasta ciertos porcentajes), retención directa por el empleador, embargo de bienes o incluso medidas como retener la licencia de conducir.
Embarazos y filiación
Si una mujer queda embarazada y el padre no se hace cargo, al nacer el bebé se puede iniciar juicio de filiación con prueba de ADN. Si el resultado es positivo, se inscribe al padre y se puede reclamar cuota alimentaria desde ese momento. En casos de daño moral por no reconocimiento durante años, también es indemnizable.
Visitas y crianza compartida
Buffa aclaró que la cuota alimentaria y el régimen de visitas son independientes. No se puede “retener” al hijo como castigo por no pagar. Lo ideal es acordar libremente la crianza compartida, con una residencia principal y visitas flexibles. Cuando el diálogo se rompe, se fija un régimen con días y horarios concretos.
El abogado cerró invitando a consultas personalizadas: “Cada familia es un mundo. Analizamos caso por caso, papeles por papel, para dar la solución más razonable posible”. Su estudio está en Pellegrini 14, primer piso, oficinas 20 y 24, y atiende al 1557-4839 o 1565-0544.
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